Micelio
Auto26 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Secretaria De Movilidad·Demandado Fuentes Fuentes Fredy Argemiro

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Tercera- y el Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la solicitud de ejecución de providencia judicial que presentó la Secretaría de Movilidad de Bogotá, respecto de las costas procesales a las que fue condenado un ciudadano que, a su turno, había demandado a la entidad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se reiteró la regla de decisión del Auto 008 de 2022 en virtud de la cual se estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Tercera-, para que proceda con lo de su competencia y le comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales y demás partes interesadas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Tercera- y el Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Tercera-, es la autoridad competente para conocer la solicitud de ejecución promovida por La Secretaría de Movilidad de Bogotá, contra el señor Fredy Argemiro Fuentes Fuentes.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3200 al Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá -Sección Tercera-, para que proceda con lo de su competencia y les comunique la presente decisión al Juzgado Catorce de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad y a los sujetos procesales y demás partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.